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Nuevo Reglamento RGPD

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Los autónomos y las pymes están obligados a cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos, más conocida como LOPD, cuando recaben en sus negocios datos de carácter personal, entendidos éstos como todos aquellos que identifiquen a una persona física.

El 25 de mayo de 2016 entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos que obliga a empresas y autónomos a realizar una serie de cambios con plazo límite hasta 25 de mayo de 2018. Mientras tanto, la actual LOPD sigue vigente

Finalidad de la LOPD:

Esta Ley tiene como finalidad garantizar la protección y buen tratamiento de datos de carácter personal. Estos datos se dividen en tres niveles atendiendo al nivel de la información que recojamos de nuestros clientes y/o usuarios:

 

  • Nivel básico: datos identificativos, como el NIF, NºSS, nombre, apellidos, dirección, teléfono, firma, imagen, e-mail, nombre de usuario, número de tarjeta, matrícula, etc…
  • Nivel medio: datos acerca de infracciones administrativas o penales, solvencia o crédito, datos tributarios o de la Seguridad Social, datos de prestación servicios financieros, y datos referentes a la personalidad o comportamiento de las personas, como gustos, costumbres aficiones etc…
  • Nivel alto: datos acerca de ideología, religión, creencia, origen racial, salud, vida sexual o violencia de género.
    El responsable de estos datos y de su tratamiento será la persona que decida sobre la finalidad, el contenido y el uso del tratamiento de los datos personales. Y por tanto será sobre quién recaerán las obligaciones establecidas por la LOPD, y quien deberá hacer que se cumpla la Ley.

TRAMITACIÓN DE LOPD

Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)
Esta normativa europea ya en vigor tiene como fin aportar un único marco comunitario para la protección de datos. Con ella se procura la mejora del proceso y reducir los trámites burocráticos. Las empresas adquirirán un mayor compromiso con la gestión y privacidad de los datos.

En este sentido, entre las nuevas prácticas que autónomos y pymes deben realizar en su negocio durante 2017 y hasta el 25 de mayo de 2018 están:

Procurar el consentimiento inequívoco, y no tácito, del cliente para el uso de sus datos.
Actualización de las cláusulas y políticas informativas en torno a la potección de datos.
Obligatoriedad de la figura de un delegado de protección de datos.
Puesta en marcha de Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales (PIA).
Nuevos códigos de conducta para velar por la privacidad de datos.
Certificados y sellos de cumplimiento de la RGPD.

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